La instalación de puntos de recarga para los vehículos eléctricos en la red viaria, es una de las herramientas clave para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero del sector del transporte e impulsar definitivamente el uso de este tipo de vehículos.

Sin embargo, a fecha de hoy, son muy pocas las iniciativas privadas que ofrecen este servicio. El motivo se debe, fundamentalmente, a las barreras legales, económicas y administrativas existentes, que impiden el desarrollo de la movilidad eléctrica.

 

Los principales impedimentos que encontramos son una normativa estatal excesivamente restrictiva en cuanto a la gestión de la carga y un elevado coste del término de potencia, que duplica los costes que deben soportar por ejemplo en Francia y cuadruplica los costes de Portugal.

 

Especialmente farragoso es el sistema de los Gestores de Carga. ¿Qué es un Gestor de Carga? Es una sociedad mercantil que consume energía eléctrica y que está habilitada para revenderla, pero sólo para el servicio de recarga de vehículos eléctricos. Los requisitos para su habilitación se encuentran regulados legalmente y no son simples.

Todo ello dificulta la expansión de los cargadores eléctricos y monopoliza el servicio.

Es por este motivo, que el pasado mes de abril de 2017 el Grupo Parlamentario Mixto presentó ante el Congreso de los Diputados la “Proposición de Ley de medidas de fomento de la electrificación del transporte por carretera”, con el fin de fomentar la movilidad con energía eléctrica.

fomentar la mobilitat amb energia elèctrica

Esta propuesta legislativa, elaborada por la mesa TIRVEC (Tabla Estratégica para el Desarrollo de la Infraestructura de Recarga para los Vehículos Eléctricos en Cataluña), aspira a potenciar un mayor desarrollo en el sector público y, sobre todo, conseguir que el sector privado pueda cubrir y garantizar las necesidades de todos los ciudadanos.

Para conseguir estos objetivos, sería necesario modificar diversa legislación. A saber: la Ley del Sector Eléctrico; el Real Decreto por el que se regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética; el Real Decreto por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; la Ley reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos; y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Además, debería realizarse una consulta a la Comisión Europea, sobre la Ley de Impuestos Especiales.

 

Como podemos ver, no es tarea fácil. Y el gobierno estatal muestra una fuerte oposición, amparándose, entre otros motivos, en cuestiones presupuestarias.

En resumen, algunas de las propuestas que recoge la Proposición de Ley para tratar de incentivar y ayudar al sector privado son las siguientes:

 

1. Eliminar la obligación de que la gestión de cargas aparezca expresamente en los estatutos como objeto social de las entidades que quieran realizar esta actividad.

 

2. Aplicar la figura del gestor de carga sólo a los titulares que reciban una retribución por la recarga. Por lo tanto, quien quisiera ofrecer el servicio de recarga de manera gratuita, no debería convertirse en gestor de carga. Así podrían entregar la energía libremente, por ejemplo los centros comerciales, hoteles, o aparcamientos.

3. Crear la figura del gestor de cargas representante. Así, un consumidor con una actividad principal diferente a la recarga y que dispusiera de plazas de aparcamiento accesibles al público, podría habilitarse como gestor de cargas a través de un gestor de cargas delegado (sólo para los puntos situados en sus instalaciones).

4. Permitir la cesión o reventa de energía por parte del titular del punto de suministro (siempre que se produzca en el mismo lugar para el que fue contratada la energía).

5. Posibilitar que se conecten diferentes de puntos de recarga con una potencia instalada en conjunto inferior al 25% de la potencia de suministro contratada, con la instalación interior de un consumidor. Así contaría como un único punto de suministro, para los peajes y cargos.

6. Establecer subvenciones y ayudas económicas.

En definitiva, se trata de facilitar el acceso a todos aquellos que estén interesados en ofrecer el servicio de cargadores para vehículos eléctricos.

 

A fecha de hoy, esta Proposición de Ley se encuentra en tramitación.

Esperamos que prosperen y acaben acordándose todas las medidas presentadas, y esto permita desarrollar una amplia red de cargadores eléctricos, normalizando su uso y derribando en gran parte las barreras existentes actualmente.

 

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