NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA

“ZERO EMISIONS OBJECTIVE”

PRIMERA.- LA INICIATIVA “ZERO EMISSIONS OBJECTIVE”.Salir del Constructor visual

ZERO EMISSIONS OBJECTIVE (en adelante ZEO) es un movimiento de base social, formado por personas concienciadas de la necesidad de frenar el cambio climático inducido por el hombre y que quieren pasar de la concienciación a la acción.

Esta iniciativa, promovida por la Asociación para el Desarrollo de la Casa Bioclimática, quedó oficialmente constituida el 4 de noviembre de 2016, coincidiendo con la entrada en vigor del Acuerdo del Clima de París 2015.

La Asociación para el Desarrollo de la Casa Bioclimática (en adelante ADCB) es una asociación sin ánimo de lucro creada en 2003 para promover un urbanismo y una construcción con criterios bioclimáticos y sostenibles.

La decisión de crear la iniciativa ZERO EMISSIONS OBJECTIVE, dirigida específicamente a la lucha contra las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), viene espoleada por la importancia de la problemática medioambiental que generan estas emisiones, así como por la conciencia de que es necesario impulsar acciones efectivas para obtener resultados mucho más ambiciosos y rápidos en la reducción y neutralización de estas emisiones.

SEGUNDA.- FINES Y OBJETIVOS.

El principal objetivo de ZEO es animar a la sociedad a actuar para reducir al máximo posible las emisiones de gases de efecto invernadero, especialmente el CO2, y hacer fuerza y presionar a los gobiernos, empresas y entidades para que den más facilidades y ayudas, a fin de que esta reducción de emisiones sea factible de forma más efectiva e inmediata.

Para conseguir aquellas ayudas que faciliten el poder avanzar hacia un cambio real, es necesaria la adhesión de personas que conformen la base social de la iniciativa, y tener así más fuerza y presión ante los poderes políticos y económicos.

Con el fin de reducir las emisiones de forma efectiva, se pretende implicar a todos los agentes posibles que puedan actuar mediante actos, acontecimientos y campañas concretas, con el objetivo de allanar el camino hacia unas emisiones cero de GEI.

TERCERA.- ACTIVIDADES REALIZADAS.

Para conseguir sus objetivos, ZEO realiza las siguientes actividades:

  • Divulgación e información ambiental, mediante la publicación en la página web de artículos comprensibles de calidad técnica, sobre temas relacionados con el cambio climático y las emisiones de los gases de efecto invernadero.
  • Creación de un espacio comunitario digital para compartir experiencias, inquietudes e ideas sobre demandas concretas relacionadas con la reducción de los GEI.
  • Solicitud de actuaciones enfocadas a conseguir un compromiso empresarial más ambicioso hacia la reducción de las emisiones de GEI, la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático.
  • Diálogo, solicitud de ayudas e impulso de las iniciativas creadas por ZEO ante la administración pública, para conseguir su apoyo.
  • Celebración de eventos ambientalizados ZEO, con minimización del impacto de la huella de carbono y compensación de las emisiones residuales que se deriven.

El Comité de Representantes y el grupo de Embajadores ZEO seleccionarán los temas y puntos de de actuación de cada temporada, con el correspondiente plan estratégico, que tendrá una duración anual. Los temas se plantearán en el mes de noviembre del año anterior.

Las funciones principales de ZEO se ejercerán inicialmente en el territorio de Cataluña, con la intención de una posterior ampliación hasta llegar al ámbito internacional.

CUARTA.- SIN ANIMO DE LUCRO.

La iniciativa ZEO se crea con exclusión del ánimo de lucro.

QUINTA.- COMPROMISO MEDIOAMBIENTAL.

En coherencia con sus objetivos, la iniciativa ZEO lleva a cabo prácticas medioambientalmente sostenibles, de acuerdo con su política medioambiental, que se encontrará publicada en la página web.

SEXTA.- ÓRGANOS Y ESTRUCTURA.

Entidad Promotora: Es promotora de la Iniciativa ZEO la ADCB.

Comité de Representación: El órgano ejecutivo y de gestión de ZEO está formado por los siguientes cargos: Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y Vocales.

Persona Adherida: Personas físicas o jurídicas concienciadas con los problemas medioambientales y las emisiones de los GEI, y que quieren pasar a la acción, apoyando las iniciativas promovidas por ZEO y aportando ideas para conseguir los objetivos de esta iniciativa.

Personas Adheridas Impulsoras: Personas adheridas que además quieren hacer una aportación económica, a fin de cooperar con ZEO y ayudar así a que sea posible la realización de sus actividades. El importe de la aportación será voluntario, estableciendo un mínimo de 120 euros anuales. En el caso de que además sean Embajadores, podrán elegir anualmente, de entre todos los Impulsores Embajadores, dos personas para ocupar el cargo de Vocal elegido.

Embajadores: Personas adheridas, que además son miembros activos que difunden la existencia, objetivos y tareas realizadas por ZEO. Se deberá solicitar al Comité de Representación de ZEO mediante un correo electrónico su candidatura. Los embajadores tendrán derecho a asistir al encuentro anual de Embajadores ZEO con el Comité de Representación, para tratar los temas y puntos de de actuación del ejercicio siguiente. En el caso de que además sean impulsores, podrán elegir anualmente, de entre todos los Impulsores Embajadores, dos personas para ocupar el cargo de Vocal elegido.

Voluntarios: Personas físicas adheridas que quieren colaborar de manera desinteresada en la celebración de los eventos ZEO.

Patrocinadores y empresas colaboradoras: Entidades y empresas que hacen aportaciones (económicas los patrocinadores y de otro tipo las empresas colaboradoras) para impulsar las actividades desarrolladas por ZEO.

SÉPTIMA.- COMITÉ DE REPRESENTACIÓN.

El Comité de Representación rige, administra y representa la iniciativa ZEO.

Está formado por personas miembros de la Junta de la ADCB, que ostentarán los mismos cargos en ambas entidades. Se añadirán, en su caso, hasta dos personas externas como Vocales elegidos, según viene regulado en estas normas.

Los miembros del Comité de Representación deben ser personas físicas mayores de edad, y ejercen su cargo gratuitamente y sin límite de tiempo, a excepción de los Vocales elegidos, que se regulan por un régimen temporal diferente.

Todos los cargos deben ser ejercidos por personas diferentes, exceptuando la situación provisional en caso de vacantes.

Las vacantes que se produzcan como miembros del Comité de Representación, deben cubrirse en la primera Reunión que tenga lugar. Mientras tanto, uno de los miembros de la Junta de la ADCB puede ocupar provisionalmente el cargo vacante. Si uno de los miembros del Comité de Representación causa baja por motivo de renuncia, lo notificará con la suficiente antelación al Presidente. En cualquier caso, en cuanto se tenga conocimiento de la situación de cese de uno de los cargos, el Presidente lo incluirá en el orden del día de la siguiente Reunión. La persona que ocupe finalmente el cargo vacante, será elegida por y entre los propios miembros de la Junta de la ADCB, excepto en el caso de los Vocales elegidos, que, tal y como se regula en estas normas, serán escogidos por los Embajadores Impulsores. La persona elegida entrará en funciones después de haber aceptado el cargo.

Componen este órgano la Presidencia, la Vicepresidencia, la Secretaría, la Tesorería y los/las Vocales (fijas y, en su caso, elegidos).

Presidencia. Las funciones de Presidencia las llevará a cabo el/la Presidente/a de la ADCB.

Sus funciones son: a) Dirigir y representar legalmente a ZEO, por delegación del Comité de Representación. b) Presidir y dirigir los debates en las Reuniones. c) Emitir un voto de calidad decisorio en los casos de empate. d) Establecer la convocatoria de las Reuniones. e) Visar las actas de las reuniones y los certificados confeccionados por el/la Secretario/a. f) Resolver provisionalmente cualquier caso que no hayan previsto las normas de funcionamiento y dar cuenta en la primera reunión del Comité de Representación.

El/la Presidente/a es sustituido/a, en caso de ausencia o enfermedad, por la persona que ocupe el cargo de Vicepresidente/a o por el/la vocal de más edad del Comité de Representación, por este orden.

Vicepresidencia. Las funciones de Vicepresidencia las llevará a cabo el/la Vicepresidente/a de la ADCB.

Su función es la de apoyar y sustituir al/la Presidente/a en caso de ausencia.

Tesorería. Las funciones de Tesorería las llevará a cabo el/la Tesorero/a de la ADCB.

Secretaría. Las funciones de Secretaría las llevará a cabo el/la Secretario/a de la ADCB.

Tiene como funciones: a) Custodiar la documentación. b) Levantar, redactar y firmar las actas de las Reuniones. c) Redactar y autorizar los certificados que haya que entregar. d) Llevar el libro de registro de personas adheridas.

Vocales. Son Vocales fijos dos de las personas que ostenten el cargo de vocal en la ADCB. Son elegidos por la Junta de la ADCB, por mayoría simple.

Como Vocales elegidos, los Embajadores Impulsores ZEO podrán elegir anualmente, entre sus propios miembros, hasta un total de dos vocales más. La duración del cargo será anual; será renovable anualmente sin otras limitaciones temporales

Las funciones de los/as Vocales son: a) Derecho de voz y voto en las Reuniones. B) Representación de ZEO ante terceros, por encargo del Comité de Representación.

Son funciones del Comité de Representación las siguientes: a) Representar, dirigir y administrar la iniciativa ZEO de la manera más amplia que le permita la ley. b) Cumplir las decisiones tomadas en las Reuniones, de acuerdo con las instrucciones y directrices acordadas en las mismas. c) Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos públicos y para ejercer todo tipo de acciones legales e interponer los recursos pertinentes. d) Defender los intereses de la iniciativa ZEO. e) Controlar que se cumplan los acuerdos adoptados en las Reuniones. f) Aprobar el balance y el estado de cuentas de cada ejercicio, gestionado por la ADCB, y confeccionar los presupuestos del ejercicio siguiente. g) Acordar la necesidad de contratación de los servicios que se puedan necesitar. h) Preocuparse de que la actividad funcione según las directrices y con normalidad. e) Impulsar que se consigan de la manera más eficiente y eficaz los fines de la iniciativa ZEO. j) Llevar a cabo las gestiones necesarias ante organismos públicos, entidades, empresas y otras personas, para conseguir subvenciones u otros tipos de ayudas. k) Aprobar las solicitudes de adhesión de las personas jurídicas. l) Decidir y aprobar las bajas de las personas adheridas por motivos diferentes a la voluntad del interesado. m) Elegir y separar a los miembros del Comité de Representación. n) Aprobar las Normas de Funcionamiento y sus modificaciones. o) Acordar la forma y el importe de las contribuciones por terceros a la financiación de ZEO, mediante patrocinio o otros tipos de colaboraciones. p) Acordar la transformación o la disolución de ZEO. q) Conocer las solicitudes presentadas, las altas y las bajas, de las personas adheridas (impulsoras o no), embajadoras, voluntarias, patrocinadores y las empresas colaboradoras.

El cese de sus miembros puede producirse por: a) muerte o declaración de ausencia de la persona miembro b) renuncia notificada al órgano de gobierno c) separación acordada en Reunión d) cualquier otro motivo que establezca la ley.

El Comité de Representación puede sancionar las infracciones cometidas por sus propios miembros. Estas infracciones se pueden calificar de leves, graves y muy graves, y las sanciones correspondientes pueden ir desde una advertencia hasta la expulsión del órgano. El procedimiento sancionador se inicia de oficio o bien como consecuencia de una denuncia o comunicación. En el plazo de 10 días, y habiendo escuchado la versión del interesado, se resolverá el expediente en Reunión extraordinaria, con una resolución final motivada y aprobada por dos terceras partes de los miembros del Comité de Representación. Las sanciones serán irrevocables.

OCTAVA.- TOMA DE DECISIONES.

Los miembros del Comité de Representación se reunirán en Reunión como mínimo una vez al año, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico. La asistencia es obligatoria, aunque, por causas justificadas, pueden excusarse. La asistencia del/la Presidente/a o del/la Secretario/a o de las personas que los sustituyan es necesaria siempre.

Cualquiera de los miembros del Comité de Representación que lo crea conveniente y necesario podrá pedir al Presidente la convocatoria de una Reunión extraordinaria; en este caso, la Reunión debe tener lugar dentro del plazo de treinta días a contar desde la solicitud.

La Reunión es convocada por el/la Presidente/a mediante una convocatoria que debe contener, como mínimo, el orden del día, el lugar, la fecha y la hora de la reunión. La convocatoria debe comunicarse quince días antes de la fecha de la reunión a todos los miembros del Comité de Representación.

Las Reuniones las preside el/la Presidente/a de ZEO. Si no está, le sustituirán, sucesivamente, el/la Vicepresidente/a o el/la vocal de más edad del Comité de Representación, por este orden. Actuará como Secretario/a quien ocupe este cargo en el Comité de Representación.

El/la Secretario/a redacta el acta de cada reunión, que firmará junto con el/la Presidente/a, con un extracto de las deliberaciones, el texto de los acuerdos adoptados, el resultado numérico de las votaciones y la lista de los asistentes.

Al comienzo de cada Reunión se lee el acta de la sesión anterior para que se apruebe o se rectifique. Cinco días antes, el acta y cualquier otra documentación será facilitada y puesta a disposición de todos los miembros del Comité de Representación. La Reunión se constituye válidamente sea cual sea el número de miembros del Comité de Representación presentes.

Cualquier miembro del Comité de Representación puede solicitar la inclusión en el orden del día de uno o más asuntos por tratar. Si ya se hubiera convocado la Reunión, podrá hacerlo en un plazo máximo de 10 días antes de la fecha de celebración. Se adoptarán los acuerdos correspondientes a los puntos incluidos en el orden del día, así como aquellos que por unanimidad de todos los miembros acuerden añadir y tratar en el momento de la celebración, y los que se refieran a la convocatoria de una nueva Reunió.

A cada miembro del Comité de Representación le corresponde un voto. Los acuerdos se toman por mayoría simple de votos. Para adoptar acuerdos sobre la modificación de las Normas de Funcionamiento, la disolución de ZEO, o la disposición o enajenación de bienes, se requiere una mayoría calificada (los votos afirmativos deben superar en la mitad a los emitidos).

Todos los miembros del Comité de Representación quedan sujetos a los acuerdos que se tomen en las Reuniones, incluyendo los ausentes, los que discrepen y los presentes que se han abstenido de votar.

Los acuerdos del Comité de Representación se harán constar en el libro de actas y deben ser firmados por Secretario/a y Presidente/a.

NOVENA.- ADHESIONES.

Quién se puede adherir: Pueden formar parte de la iniciativa ZEO todas las personas físicas y jurídicas que de manera libre y voluntaria, tengan interés en sus finalidades y actúen de forma congruente con las mismas.

Por lo que respecta a las personas físicas, es necesario que tengan capacidad de obrar, con una edad mínima de 16 años. Los menores con edades comprendidas entre los 16 y los 18 años no emancipados, necesitan el consentimiento de los padres, representantes legales o tutores.

Por lo que respecta a las personas jurídicas, deberán tener una política medioambiental que se encuentre publicada en su web.

Cómo hacer la adhesión: la adhesión se llevará a cabo mediante el formulario electrónico que se encuentra en la página web de ZEO. En el caso de las personas jurídicas, la adhesión se deberá realizar una vez acordada por el órgano competente o por persona autorizada, y se confirmará su efectividad en un período de 15 días.

En cualquier caso será gratuita, aunque se admitirán aportaciones económicas voluntarias.

Cómo ejercer la baja: Para darse de baja como persona adherida a la iniciativa ZEO sólo es necesario remitir un correo electrónico a la dirección info@plataformazeo.com y hacer la solicitud de baja, que será tramitada en 24 horas.

Son derechos de las personas físicas y jurídicas adheridas: 1. Recibir la Newsletter. 2. Recibir información sobre las actividades que se llevan a cabo. 3. Participar como voluntario en los eventos ZEO, hasta cubrir las plazas necesarias abiertas a tal fin

Son deberes de las personas físicas y jurídicas adheridas: 1. Comprometerse con las finalidades de la iniciativa ZEO y participar activamente para alcanzarlas. 2. No actuar en nombre y representación de la iniciativa sin permiso previo. 3. Cumplir el resto de obligaciones que resulten de estas normas de funcionamiento.

Son causa para ser dado de baja de la iniciativa ZEO: 1. Que lo decida la persona interesada. 2. No cumplir con las obligaciones establecidas en estas normas o actuar de forma incoherente o contraria a las mismas. 3. Llevar a cabo cualquier acción ilícita que pueda afectar directa o indirectamente a ZEO.

DÉCIMA.- RECURSOS ECONÓMICOS Y GESTIÓN.

Los recursos económicos de la iniciativa ZEO se nutren de: a) los ingresos que se obtengan de la promotora de la iniciativa, la ADCB b) las subvenciones oficiales o particulares c) los ingresos procedentes de los patrocinadores, de las personas adheridas impulsoras, o los/las embajadores/as d) los ingresos procedentes de donaciones, herencias o legados y e) cualquier otra aportación recibida para ser destinada al sostenimiento económico de ZEO.

Todos los recursos económicos de ZEO serán íntegra y directamente gestionados por la ADCB, al igual que sus gastos.

El ejercicio económico coincide con el año natural y queda cerrado el 31 de diciembre.

En caso de tener cuentas corrientes o libretas de ahorro abiertas en establecimientos de crédito o de ahorro, deben figurar las firmas de las personas que ocupen los cargos de Presidencia, Tesorería y Secretaría. Para poder disponer de los fondos es suficiente con dos firmas, una de las cuales debe ser la del/la Presidente/a.

UNDÉCIMA.- RESPONSABILIDAD.

Las personas adheridas (impulsoras o no), embajadoras y voluntarias, están exentas de cualquier responsabilidad derivada de los actos llevados a cabo por la iniciativa ZEO, siempre que cumplan estas Normas de Funcionamiento.

La responsabilidad de los miembros del Comité de Representación queda limitada a cumplir las obligaciones que ellos mismos hayan contraído voluntariamente a título personal.

Cualquier otra responsabilidad relacionada con ZEO recaerá sobre la ADCB, de conformidad con lo establecido en sus estatutos.

DUODÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS.

La información y los datos que faciliten los usuarios a ZEO, ya sea mediante los formularios contenidos en la página web o bien por cualquier otro medio, serán incluidos en uno o más ficheros responsabilidad de la ADCB, con CIF G63130546 y domicilio social en C / Vázquez de Mella, 8 08193 Bellaterra (Barcelona).

El tratamiento y protección de los datos de carácter personal se encuentran sujetos a lo establecido por el RGPD, y se pueden consultar en su totalidad en la Política de Privacidad y Aviso Legal que se encuentran en la web de ZEO.

TRECEAVA.- DISOLUCIÓN.

La iniciativa ZEO puede ser disuelta si así lo acuerda el Comité de Representación, en una Reunión convocada con carácter extraordinario expresamente para este fin. Una vez acordada la disolución, el Comité de Representación deberá tomar las medidas oportunas con respecto a la finalidad, la extinción y la liquidación de cualquier operación pendiente.

En caso de que quedara algún remanente neto resultante de su liquidación, se deberá entregar directamente a la entidad pública o privada sin ánimo de lucro que, en el ámbito territorial de actuación de la iniciativa ZEO, haya destacado más en su implicación con el fin de promover la lucha activa contra el cambio climático.

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